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1. MATRÍCULA

La documentación necesaria para matricularse, se obtendrá a través del portal de Internet de la Universidad de Sevilla (www.us.es).

Los colectivos que deben hacer su MATRICULA PRESENCIAL en la Secretaría del Centro son:

1. Estudiantes que se adapten a los estudios de Grado afines a las enseñanzas que cursan.

2. Estudiantes solicitantes de adaptaciones y convalidación parcial de estudios extranjeros.

3. Estudiantes entrantes inscritos en programas de movilidad internacional.

4. Estudiantes salientes y entrantes pertenecientes a programas de movilidad nacional.

5. Estudiantes procedentes de traslados de expedientes (no procedentes de preinscripción).

6. Estudiantes afectados por las normas de permanencia. 7.

Estudiantes visitantes.

 

2. DOCUMENTACIÓN

2.1. MATRÍCULA POR PRIMERA VEZ Con carácter general

1. Una fotografía original, de calidad, tamaño carné, con el nombre, apellidos y DNI, NIE (o, en su defecto, Pasaporte) del estudiante al dorso. Las fotografías escaneadas y las fotocopias no serán admitidas.

2. Fotocopia compulsada u original y fotocopia para su cotejo del DNI, NIE (o en su defecto, Pasaporte) para estudiantes extranjeros.

3. Impreso de solicitud de matrícula, debidamente cumplimentado.

4. En su caso, impreso de domiciliación bancaria.

5. Impreso de datos personales y estadísticos, debidamente cumplimentado en su totalidad.

 

6. Solicitante de beca del Ministerio de Educación: Fotocopia del justificante de haber presentado la solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio, en su caso, o fotocopia de la solicitud de beca impresa del fichero pdf obtenido por el solicitante, una vez cumplimentado y firmado, con la documentación correspondiente.

7. La que corresponda, según su vía de ingreso en la Universidad. (Ver anexo I).

8. Si el estudiante tiene derecho a gratuidad o reducción del importe de matrícula, deberá acreditarlo con fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de la misma (Ver Normas de Matrícula que resulten de aplicación).

 

2.2. MATRÍCULA POR SEGUNDA O SUCESIVAS VECES

Los documentos relacionados en los epígrafes 3 y 4.

Impreso de Datos Personales y Estadísticos (se deben cumplimentar los datos que indican sus propias instrucciones).

 

2.3. CAMBIOS DE UNIVERSIDAD CENTRO Y/O ESTUDIOS.

Los documentos relacionados en los epígrafes 1, 2, 3, 4, 5 y 7.

Justificante de haber abonado los derechos del traslado.

 

3. PAGO DE MATRÍCULA Existen dos modalidades de pago:

 Pago Único.

 Pago Fraccionado. El pago del segundo plazo de la matrícula se realizará únicamente por domiciliación bancaria. Las liquidaciones correspondientes al segundo plazo, que en su caso se produzcan, se presentarán al cobro durante la segunda quincena del mes de diciembre de 2010.

 El pago de la matrícula se podrá realizar:

Mediante domiciliación bancaria, debiéndose cumplimentar la orden de domiciliación.

En caso de Pago Único (o 1er. Pago, si es fraccionado) las liquidaciones correspondientes se presentarán al cobro a partir de los diez días siguientes a la emisión del recibo bancario. De no poder hacerse efectivo el cobro por causas no imputables a la Universidad, la forma de pago se realizará mediante recibo bancario, debiendo el estudiante personarse y requerirlo en la Secretaría de su Centro de Estudios.

Directamente, mediante ingreso en las Oficinas del Banco Santander. Las Secretarías de los Centros de la Universidad de Sevilla, después de que los estudiantes presenten la documentación correspondiente a la matrícula, les entregarán la carta de pago, por duplicado ejemplar. A continuación, el estudiante deberá ingresar en cualquiera de las oficinas de la entidad bancaria la cantidad correspondiente, según la modalidad de pago elegida (Pago Único o el primer plazo del Pago Fraccionado). Una vez efectuado el ingreso, la entidad bancaria devolverá al estudiante un ejemplar sellado.

 

ANEXO I

DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE SEGÚN LA VÍA DE ACCESO

 

NOTA IMPORTANTE:

De la documentación acreditativa que se requiera en cada caso, deberá presentarse fotocopia compulsada u original y fotocopia para su cotejo. En todos los casos en que se aporte el resguardo del título correspondiente (de Bachiller, Universitario, de F.P.,…), el interesado/a estará obligado a aportar el referido título con la mayor brevedad posible.

Matrícula en Primeros Ciclos/Grados

A) Estudiantes procedentes de la P.A.U.

Título de Bachiller o del resguardo correspondiente.

Tarjeta de la P.A.U.

 

Justificante de haber abonado el traslado de expediente si proceden de otras Universidades (Este resguardo deberá ser entregado junto con el resto de la documentación de matrícula o en el plazo máximo de un mes).

Los estudiantes que hayan superado la Prueba de Acceso en la Universidad de Sevilla, deben abonar con la matrícula el importe fijado para la expedición del Certificado de PAU. Dicho pago se genera automáticamente al formalizar la matrícula. (Los estudiantes que hayan superado la PAU en la Universidad Pablo de Olavide deben realizar el traslado de expediente desde esa Universidad).

B) Estudiantes procedentes de C.O.U.

Título de Bachiller o del resguardo correspondiente.

Página de C.O.U. del Libro Escolar.

Justificante de haber abonado el traslado de expediente si proceden de otras Universidades (Este resguardo deberá ser entregado junto con el resto de la documentación de matrícula o en el plazo máximo de un mes). Los estudiantes que hayan superado el C.O.U. en el Distrito Universitario de Sevilla, deberán abonar con la matrícula el importe fijado para la expedición del Certificado de C.O.U.

C) Estudiantes que proceden de la Prueba de Acceso para mayores de 25 años.

Tarjeta de la Prueba de Acceso.

Justificante de haber pagado el traslado de expediente si proceden de otras Universidades. (Este resguardo deberá ser entregado junto con el resto de la documentación de matrícula o en el plazo máximo de un mes).

 

Los estudiantes que hayan superado la Prueba de Acceso en la Universidad de Sevilla, deberán abonar con la matrícula el importe fijado para la expedición del Certificado académico. (Los estudiantes que hayan superado la P.A.U. en la Universidad Pablo de Olavide deberán realizar el traslado de expediente desde esa Universidad).

D) Estudiantes mayores de 40 años con experiencia laboral o profesional.

 

Credencial correspondiente en la que conste expresamente las titulaciones para las que le habilita el acceso, así como su nota de admisión.

Los estudiantes deberán abonar con la matrícula el importe fijado para la expedición del Certificado académico.

E) Estudiantes que hayan superado la prueba de acceso para mayores de 45 años

Credencial correspondiente que le habilita para el acceso a la Universidad.

 

Los estudiantes deberán abonar con la matrícula el importe fijado para la expedición del Certificado académico.

F) Titulados Superiores, Diplomados, Técnicos de Grado Medio, etc.

Título correspondiente de acceso a los estudios (o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición del título sólo para titulados españoles). En el caso de título extranjero homologado, además, credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación.

 

G) F.P. de 2º Grado, Módulos Profesionales nivel 3 y Ciclos Formativos de Grado Superior o Técnico Superior en la rama correspondiente.

 

Certificado oficial de calificaciones, con indicación expresa de la convocatoria de finalización.

Título o resguardo de F.P. o Técnico Superior en la rama correspondiente.

H) Estudiantes ya matriculados en Centros universitarios y que cambian de titulación o de Universidad o efectúan simultaneidad de estudios.

 

Justificante de haber abonado los derechos de traslado de expediente, si procede, o en su caso, los derechos por traslado en régimen de simultaneidad de estudios, en la Secretaria del último Centro en el que haya estado o en el que esté matriculado, en caso de simultaneidad.

I) Estudiantes procedentes de Estados miembros de la UE que reúnen los requisitos exigidos en sus países para acceder a la Universidad o de otros países con convenio en la materia.

 

Credencial original de la UNED (art. 38.5 Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 

Documento acreditativo de haber superado la prueba de competencia lingüística.

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